Se prorrogó por 60 días el plazo para la inscripción obligatoria de productores de granos de cereales y oleaginosas en el Renspa.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria prorrogó por 60 días el plazo para la inscripción obligatoria de productores de granos de cereales y oleaginosas en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa), que vencía hoy, debido a la gran afluencia de productores en sus oficinas ocurrida en los últimos días. Esta nueva prórroga, hasta el 31 de mayo, es la última que realiza el organismo sanitario, atento, además, a que se está en pleno el movimiento de cosecha de verano.
En principio la inscripción culminaba el 31 de diciembre de 2010 y el Senasa lo extendió por tres meses, por pedido de los productores. Ahora se realiza esta nueva prórroga, la última.
De esta manera se cumple con las tres etapas de inscripción gradual obligatoria de productores agropecuarios en el Renspa iniciada por el organismo sanitario en el 2008.
A partir de ese año debieron inscribirse los productores de frutas, hortalizas y material de propagación, es decir plantas y/o sus partes para su posterior implantación y/o difusión (con excepción de la semilla botánica).
En 2009 continuó el cronograma con la inscripción de productores de plantas ornamentales, aromáticas, florales, industriales y forestales. Desde 2010 año y hasta el próximo 31 de mayo, se registran los productores de oleaginosas, cereales y otras de todo el país.
El Registro, es un paso necesario para iniciar la trazabilidad de los productos agrícolas; una herramienta clave para identificar el origen de los productos y aplicar acciones preventivas y correctivas en caso de detectarse anomalías que pueden poner en riesgo la sanidad vegetal, la salud animal, el consumo humano y el comercio nacional e internacional.
Para inscribirse en el Renspa el productor debe concurrir a la oficina del Senasa más próxima al predio productivo con:
Documento Nacional de Identidad; Comprobante de su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT); título de propiedad del predio rural o contrato de locación o comodato que acredite su relación productiva con la ubicación del predio; identificación catastral del predio, ubicación georeferencial del predio (Latitud y Longitud) y comprobante de un servicio público o certificado de domicilio, emitido por la policía provincial.
El formulario de inscripción que los productores deberán presentar en la Oficina al realizar el trámite esta disponible para su impresión en la página web del Senasa.