La Bolsa de Cereales de Entre Ríos informa sobre la constancia electrónica para la circulación interjurisdiccional de trabajadores vinculados a las actividades esenciales exceptuadas de la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

Para acceder al texto de la Resolución 42/2020, ingrese aquí: https://bit.ly/2VvcMct

 

Cómo realizar el trámite

Dicho certificado se emitirá por medio electrónico, desde el portal web oficial del Ministerios de Agricultura, Ganadería y Pesca (clik aquí).

Podrán tramitarlo las personas humanas o jurídicas con Clave Fiscal Nivel 2 provista por la Afip (Administración Federal de ingresos Públicos),  a excepción de aquellos productores de la Agricultura Familiar registrados en el Registro Nacional de Agricultura Familiar (RENAF), los cuales se encuentran eximidos de dicha formalidad.

La constancia deberá ser presentada a las autoridades del Ministerios de Transporte para poder tramitar las excepciones a la prohibición de Transporte Interjurisdiccional. Dicha presentación se deberá realizar con al menos veinticuatro (24) horas de antelación al transporte de los trabajadores indicados en la constancia, junto con el resto de las modalidades que el mencionado ministerio establezca.

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