Se informa a los afiliados e interesados que el Concejo Regulador de Aguas (CORUFA) ha dispuesto una Moratoria de 120 días para registrar las obras hidráulicas privadas existentes dentro del territorio provincial, que aún no cuenten con la debida autorización del Corufa. Quienes se acojan a la moratoria evitarán la imposición de futuras sanciones dispuestas por la Ley 9.172.
Destacamos que los tiempos del procedimiento de autorización se han acortado importantemente. La documentación requerida para la obtención de la autorización se encuentra detallada entre los documentos obrantes en el Link de «Corufa», dentro de la Página Web del Ministerio del Interior, o en su defecto, consultando al 0343-4207956, o enviando un mail de consulta a corufaentrerios@gmail.com.
A continuación se transcribe el fragmento resolutivo del Acta Plenaria Nº 131, relativa a la moratoria.
«…Por lo expuesto, el Plenario acuerda: 1) Establecer un plazo de 120 días de moratoria a fin de que los particulares que hayan realizado alguna Obra Hidráulica no declarada o que no cuenten con la respectiva autorización en los términos de la Ley Provincial Nº 9.172 comiencen los trámites de autorización correspondiente; 2) Disponer que aquellos propietarios y responsables de las Obras Hidráulicas que se acojan a la moratoria establecida en el punto anterior en tiempo y forma, y no hayan recibido justificadas denuncias, no serán pasibles de sanción ni multa alguna. 3) Se conviene asimismo la difusión de la presente resolución a través del esquema interno de difusión del Corufa, a través de las entidades que componen el Plenario…».